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CRÉDITO HIPOTECARIO
Contrato por el que una entidad financiera pone dinero a disposición del beneficiario hasta un límite señalado y por un plazo determinado, percibiendo periódicamente los intereses sobre las cantidades dispuestas, obligándose el beneficiario a devolver a la entidad las cantidades adeudadas en el plazo estipulado. En el caso de los créditos hipotecarios, la devolución de los intereses y el principal está asegurada con una garantía real.

CUENTA AHORRO VIVIENDA
Cuenta de ahorro en la que el destino a dar a los fondos debe ser el de adquisición, construcción o rehabilitación de la vivienda habitual del titular de la misma. Las cantidades depositadas durante el ejercicio tienen una deducción en la declaración de renta. El destino debe materializarse en un plazo máximo de años desde la apertura.

CUOTA DE AMORTIZACIÓN
Importe que el titular o titulares de un préstamo se comprometen a pagar periódicamente y que se destina al pago de parte del capital solicitado y sus intereses.

CUOTA DE PARTICIPACIÓN
Proporción de un inmueble que corresponde a cada propietario. En función de su valor, se calculan las cargas y gastos a los que tiene que hacer frente el titular de cada vivienda.

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