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CRÉDITO HIPOTECARIO
Contrato por el que una entidad financiera pone dinero a disposición del
beneficiario hasta un límite señalado y por un plazo determinado, percibiendo
periódicamente los intereses sobre las cantidades dispuestas, obligándose el
beneficiario a devolver a la entidad las cantidades adeudadas en el plazo
estipulado. En el caso de los créditos hipotecarios, la devolución de los
intereses y el principal está asegurada con una garantía real.
CUENTA AHORRO VIVIENDA
Cuenta de ahorro en la que el destino a dar a los fondos debe ser el de
adquisición, construcción o rehabilitación de la vivienda habitual del titular
de la misma. Las cantidades depositadas durante el ejercicio tienen una
deducción en la declaración de renta. El destino debe materializarse en un
plazo máximo de años desde la apertura.
CUOTA DE AMORTIZACIÓN
Importe que el titular o titulares de un préstamo se comprometen a pagar
periódicamente y que se destina al pago de parte del capital solicitado y sus
intereses.
CUOTA DE PARTICIPACIÓN
Proporción de un inmueble que corresponde a cada propietario. En función de su
valor, se calculan las cargas y gastos a los que tiene que hacer frente el
titular de cada vivienda.
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