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DISPOSICIÓN ADICIONAL
Las cantidades
detraídas del fondo durante el ejercicio presupuestario para atender los gastos
de conservación y reparación de la finca permitidos por la presente Ley se
computarán como parte integrante del mismo, a efectos del cálculo de su cuantía
mínima.
Al inicio del siguiente
ejercicio presupuestario se efectuarán las aportaciones necesarias para cubrir
las cantidades detraídas del fondo de reserva, conforme a lo señalado en el
párrafo anterior.
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